El derecho ha sido y es, sexista y patriarcal. Desde la antigüedad hasta hoy, el derecho ha sido escrito por y para el hombre leído como no discapacitado, heterosexual y perteneciente a la cultura, clase y religión dominante de cada cultura. Catherine MacKinnon argumenta que los ideales de neutralidad y de objetividad, tal y como se celebran en el derecho, son en realidad valores masculinos que han llegado a ser considerados universales.

Esto no ha cambiado a lo largo del tiempo: el Derecho ha sido androcéntrico y machista desde la época romana, pasando por la Edad Media, Edad Moderna hasta la Revolución Francesa.

Si nos retrotraemos a la segunda mitad del siglo pasado, nos encontramos con un Derecho, en el que el hombre era el cabeza de familia con potestad sobre la esposa, ganador del pan que proveía las necesidades de su prole y único sujeto político. Este Derecho se debe seguir definiendo como sexista y patriarcal. Algunos ejemplos recientes son: por un lado, en la época franquista el Fuero del Trabajo establecía:el Estado liberará a la mujer casada del taller y de la fábrica” con lo que en algunos trabajos se establecía una excedencia forzosa en caso de matrimonio y la prohibición de contratar a mujeres casadas; asimismo, hasta 1992 en España existía el llamado “débito conyugal”, entendido como obligación de las mujeres y derecho de los hombre a mantener relaciones sexuales dentro del matrimonio, y fue gracias a una sentencia del Tribunal Supremo que estableció que el sexo dentro del matrimonio debía entenderse a la luz del principio de libertad.

No es extraño, por tanto, que las diferentes corrientes feministas de cada época y lugar, hayan reclamado la igualdad de derechos de manera real y efectiva en todos los ámbitos de la sociedad y relaciones sociales: en la sexualidad, en la familia, en el trabajo, en la política etc.

Las diferentes olas feministas así lo atestiguan, así como los feminismos decoloniales en donde no sólo se cruza la cuestión de sexo/género sino la clase y raza.

No obstante, y pese a las luchas feministas, la igualdad formal no ha logrado una igualdad real y efectiva. Las mujeres pueden trabajar, pero sigue habiendo trabajos feminizados y trabajos masculinizados, las mujeres consiguieron la igualdad en el matrimonio pero no se han distribuidos de manera corresponsable el trabajo de cuidados, las mujeres pueden votar pero no se encuentran, de manera generalizada, en los órganos de poder y decisión. Es obvio que, pese a los avances conquistados, hay un largo camino que recorrer y que en la sociedad sigue existiendo un reparto de roles y de valores asignados.

El Derecho es un instrumento técnicamente neutral que entra dentro de una sociedad y una cultura machista y androcéntrica

“La normativa neutral que reconoce diferencias entre los hombres y las mujeres pero que obvia la relación de poder entre géneros, revierte en el mantenimiento y la reproducción de la subordinación de las mujeres”

Zillah Einsenstein

El Derecho tiene como finalidad la consecución de esa igualdad real y material. Desde el Grupo Tangente queremos lanzar cada mes una pequeña píldora jurídica en la que se abordarán brevemente las leyes que han contribuido en la lucha contra la violencia de género y a construir una igualdad real y material. 

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